CSJ: Diputados del PARLACEN deben ser elegidos por votos

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el mecanismo que vinculaba la asignación de curules al Parlamento Centroamericano (PARLACEN) con los votos obtenidos por candidatos presidenciales, estableciendo que sus diputados deberán ser elegidos directamente por la ciudadanía.

El fallo anula partes del artículo 513 del Código Electoral que imponían una lista cerrada nacional para estos cargos, así como las disposiciones del artículo 515 que utilizaban los resultados de la elección presidencial como base para repartir escaños. Según la CSJ, este esquema contradecía principios fundamentales como el voto directo y la representación proporcional, ya que supeditaba la elección de los diputados a un resultado distinto al de su propia contienda.

Con esta decisión, a partir de las elecciones generales de 2029, los aspirantes al PARLACEN tendrán que competir directamente por los votos ciudadanos, bajo un mecanismo similar al que rige para los diputados de la Asamblea Nacional. Actualmente, los 20 diputados panameños que integran este órgano regional son escogidos mediante nóminas presentadas por partidos políticos o candidatos de libre postulación, listas que muchas veces son definidas por las cúpulas partidistas, lo que ha generado cuestionamientos sobre su representatividad.

La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Álvaro Hernández Zambrano, quien argumentó que el sistema vigente restaba poder a los electores y limitaba el ejercicio democrático. Con este cambio, la Corte marca un giro en la forma en que Panamá elegirá a sus representantes ante el organismo regional.